Avales bancarios
Te ayudamos a cumplir con los compromisos de tu empresa y a hacerle frente a las deudas si en ese momento no puedes atenderlas. Puedes elegir entre aval digital o con firma manuscrita. ¡Te lo contamos!
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Nuestro voto de confianza
En ABANCA podemos ayudarte a garantizar el cumplimiento de tus obligaciones como autónomo o empresa ante terceros y a pagar las deudas que puedan surgir en caso de que las incumplas en algún momento. Por eso, ponemos a tu disposición nuestros avales bancarios.
El aval bancario es el documento de compromiso que asumimos en ABANCA para asegurar las relaciones jurídicas y comerciales que asumes frente a terceros, de modo que nos haremos responsables del pago al beneficiario por el importe y las obligaciones contempladas en la carta de aval que se emite.
Garantizamos obligaciones tanto de tipo económico (arrendamientos, pago a proveedores, pago de impuestos, solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deuda, subvenciones, etcétera), como técnico (interposición de recursos ante la Administración pública, concurrencia y adjudicación de contratos, buen fin de obra, funcionamiento de equipos, etcétera).
Los avales bancarios que más frecuentemente concedemos son:
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Ante organismos públicos para la solicitud de aplazamientos o fraccionamientos de deuda, interposición de recursos, concurrencia y adjudicación de contratos, subvenciones…
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Ante proveedores.
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En garantía de las cantidades entregadas a cuenta por la compra de vivienda.
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Por arrendamiento.
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¿Cómo funciona?
Es una garantía bancaria que asegura el cumplimiento de una obligación contraída con un tercero: el beneficiario del aval.
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¿Cuánto me cuesta?
Su coste varía según el importe avalado, la garantía que elijas y el riesgo del aval.
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¿Qué es lo mejor?
Si solicitas avales con frencuencia, dispones de líneas de avales para agilizar su emisión.
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¿Y qué más?
Puedes elegir entre aval digital o con firma manuscrita.
Respaldamos tus obligaciones
En función del tipo de obligaciones que vas a adquirir ante otras empresas o ante la Administración pública, puedes elegir entre dos tipos de avales:
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Aval con caducidad de garantía o plazo de exigibilidad. Este aval tiene una duración determinada. Es decir, ABANCA cubrirá tus obligaciones solamente durante el plazo que marca el aval, y el beneficiario (por ejemplo, el propietario del local comercial que has alquilado) también debe hacer sus reclamaciones en ese mismo período. En caso contrario, no estarían cubiertas.
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Aval sin caducidad de garantía. Este aval permite que el beneficiario reclame el pago de la deuda en cualquier momento, tras el vencimiento del aval y durante el plazo general de prescripción de las acciones personales recogido en la normativa legal vigente. ABANCA seguirá cubriendo la deuda de tu empresa independientemente del tiempo que haya pasado, siempre que no haya vencido el plazo general de prescripción.
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Aval indefinido. Este aval tiene una duración indefinida, por lo que el beneficiario del aval podrá reclamar la deuda asociada al mismo siempre que no hubiera autorizado expresamente la cancelación de esta garantía y/o hubiera devuelto la carta original del aval.
También en formato digital
En ABANCA estamos a la vanguardia de la digitalización financiera, por eso también ofrecemos el aval bancario que necesitas en formato digital.
Este formato cumple escrupulosamente con todas las exigencias normativas y tiene la misma validez y seguridad que el formato tradicional. Nuestras cartas de aval digitales están firmadas por apoderados de forma centralizada. ¡Y tendrás la ventaja de presentar tus avales digitales con las características que requiere cada beneficiario!
- Aval ante la Administración Pública: damos un servicio personalizado cuando el organismo beneficiario requiera que sea la Entidad Financiera la que deposite directamente el aval, por medios telemáticos, ante su Registro Electrónico, como el Servicio Electrónico de la Caja General de Depósitos de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera (SECAD) o el Servicio Electrónico de la Caja General de Depósitos de la Xunta de Galicia (CIXTEC).
Para todos aquellos casos en los que no sea necesaria la presentación directa de la garantía por parte de la entidad financiera, te facilitaremos la carta de aval firmada digitalmente para que puedas enviársela tú mismo al beneficiario.
- Aval ante el sector privado: pondremos a tu disposición la carta de aval firmada digitalmente que podrás remitir al beneficiario por los medios telemáticos que hayáis acordado.
Cero gastos de cancelación
Para cancelar tu aval bancario, solo tienes que devolver la carta de aval original y, en los casos en los que se contemple en el documento emitido, la autorización del beneficiario a ABANCA, siempre que no exista ninguna reclamación por el incumplimiento de tus obligaciones e independientemente del plazo contemplado en la carta de aval.
Si el tuyo es un aval con caducidad de garantía, se cancelará cuando finalice el plazo de caducidad contemplado, y siempre que no se hubiera realizado una reclamación de pago por parte del beneficiario con carácter previo.
La cancelación anticipada de tu aval no te supondrá ningún tipo de cargo ni de comisión para ti.
En el caso de que la carta original de aval se haya perdido o extraviado, te facilitaremos un documento que autorice la cancelación del aval, que deberá firmar el beneficiario.