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Tablón de anuncios

En este tablón de anuncios recogemos información sobre tarifas, contratos y demás documentación de publicación obligatoria.

Tarifas y precios

Tarifas

Puedes consultar las tarifas completas en todas las oficinas ABANCA.

Programa Servicios ABANCA

En este apartado puedes encontrar información relevante sobre los requisitos y beneficios del Programa Servicios ABANCA:

Cambio de divisas

Ponemos a tu disposición los tipos de cambio mínimos de compra y máximos de venta o, en su caso, los tipos únicos, y las comisiones y gastos que se aplicarán a las operaciones de compraventa de divisas o de billetes extranjeros contra euros, cuando su importe no exceda de 3000 euros.

¿Quién me protege?

Servicio de atención al cliente

Para cualquier sugerencia, duda o consulta puedes acceder al Servicio de Atención al Cliente de ABANCA.

PSD2

Ponemos a tu disposición el folleto electrónico sobre los derechos de los consumidores al realizar pagos previsto en el artículo 106.1 de la Directiva sobre servicios de pago (PSD2) y de conformidad con la Disposición Adicional tercera de la Orden ECE/1263/2019, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago.

Transparencia bancaria y protección al cliente

Las operaciones bancarias y del mercado de valores desarrolladas por ABANCA Corporación Bancaria, S.A. se rigen, en materia de transparencia y protección de la clientela, por las siguientes normas:

  • Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.

  • Orden ECC/2316/2015, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.

  • Reglamento europeo UE 524/2013, sobre la resolución de litigios relativos a operaciones hechas en internet.

  • Circular 5/2012 del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.

  • Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

  • Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo.

  • Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago.

  • Orden EHA/1717/2010, de regulación y control de publicidad de servicios y productos de inversión.

  • Orden EHA/1718/2010, de regulación y control de publicidad de servicios y productos bancarios.

  • Orden EHA/1665/2010, por la que se desarrollan los artículos 71 y 76 del Real Decreto 217/2008, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión, en materia de tarifas y contratos-tipo.

  • Real Decreto Ley 19/2018, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.

  • Real Decreto 217/2008, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y demás entidades que prestan servicios de inversión y por lo que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005.

  • Circular 4/2020, de 26 de junio, del Banco de España, sobre publicidad de los productos y servicios bancarios.

  • Ley 10/2014 de Ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

  • Real Decreto 448/2023, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

  • Ley 22/2007, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores.

  • Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.

  • Ley 2/1994, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.

  • Real Decreto-ley 6/2012, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

  • Real Decreto-ley 19/2022 , por el que se establece un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual.

  • Orden ETD/699/2020, de regulación del crédito revolvente.

Fondo de Garantía de Depósitos

Los depósitos mantenidos en ABANCA están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito (FGD). El FGD tiene su sede en Madrid, calle José Ortega y Gasset, 22, 5ª planta, 28006. Su teléfono es el +34 91 431 66 45, su fax el +34 91 575 57 28, y su correo electrónico fogade@fgd.es.

El límite de la cobertura es de 100.000 € por depositante y entidad de crédito o, si el depósito está en otra moneda, su equivalente aplicando los tipos de cambio del día en que se produzca alguna de las causas para la ejecución de la garantía, o del anterior hábil cuando fuese festivo.

Si tienes más depósitos en ABANCA, todos sus depósitos se suman y el total está sujeto al límite de 100.000 €. Si, por ejemplo, tuvieses una cuenta de ahorro con 90.000 € y una cuenta corriente con 20.000 €, solo se te reembolsarían 100.000 €.

Si tienes una cuenta en participación con otras personas, el límite de 100.000 € se aplica a cada depositante por separado, salvo los depósitos que realices como socio o miembro de una sociedad, asociación o agrupación de índole similar, sin personalidad jurídica, en cuyo caso se suman y tratan como si los hubiese efectuado un depositante único a efectos del cálculo del límite.

Además del importe garantizado para los depósitos, los valores o instrumentos financieros depositados en ABANCA cuentan con una garantía independiente, cuyo importe es también de 100.000 € como máximo.

Si quieres consultar la información completa sobre la cobertura de los depósitos de ABANCA, puedes hacerlo en este documento.

En caso de que tengas deudas frente a ABANCA que sean exigibles en fecha anterior o igual al día en que se produzca alguna de las causas para la ejecución de la garantía, y no exista ninguna disposición legal que lo prohíba, estas deudas se tendrán en cuenta para calcular el importe reembolsable.

El período de reembolso en caso de concurso de la entidad de crédito es de 20 días hábiles hasta el 31 de diciembre de 2018; de 15 días hábiles entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2020; de 10 días hábiles entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023; y de 7 días hábiles a partir de 1 de enero de 2024.

Al FGD le resultan de aplicación las siguientes disposiciones normativas:

  • Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos español.

  • Real Decreto 2606/1996, del 20 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de los Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.

Si quieres más información sobre el Fondo de garantía de Depósitos puede consultar la web del FGD.

¿Cómo me informo?

Información precontractual y ofertas vinculantes

Te informamos de que está a tu disposición de forma gratuita, si eres cliente de préstamos y créditos hipotecarios sujetos a la Orden EHA/2899/2011, la siguiente información:

  • La Guía de Acceso al Préstamo Hipotecario elaborada por el Banco de España. Va dirigida a los prestatarios que sean personas físicas, cuando la hipoteca recae sobre una vivienda o la finalidad del préstamo es adquirir o conservar derechos de propiedad sobre terrenos o edificios construidos o por construir,. También a las situaciones de subrogación de préstamos de promotor.

  • La Ficha de información precontractual (FIPRE), relativa a los préstamos y créditos hipotecarios, si como cliente eres una persona física, y la hipoteca recae sobre una vivienda o si la finalidad es adquirir o conservar derechos de propiedad sobre edificios construidos o por construir.

  • La oferta vinculante: que podrán solicitar los clientes interesados en la contratación de créditos al consumo acogidos a la Ley 16/2011, de préstamos hipotecarios acogidos a la Ley 2/1994, y de préstamos y créditos hipotecarios acogidos a la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, antes de la celebración del contrato.

Folletos y contratos tipo

También ponemos a tu disposición el contrato tipo de custodia y administración de instrumentos financieros (.pdf) así como el contrato tipo de gestión discrecional e individualizada de carteras de inversión (.pdf).

Titularidades financieras

Te informamos de que, de conformidad con la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, ABANCA está obligada a declarar al Fichero de Titularidades Financieras la apertura y cancelación de todas las cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas de valores o depósitos a plazo, junto con los datos identificativos de los titulares, titulares reales, representantes y autorizados. El responsable del fichero es la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, y actúa como encargado del tratamiento en nombre de la Secretaría de Estado el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.

Esta información tiene la finalidad de prevenir e impedir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

MiFID

Información MiFID

Aquí tienes toda la información acerca de la normativa sobre los mercados de instrumentos financieros, conocida como MIFID. Esta es la información precontractual MiFID.

Además, la relación entre los clientes minoristas y profesionales de ABANCA para la prestación de servicios de inversión queda formalizada en un Acuerdo básico - términos y condiciones generales aplicables a la prestación por la entidad de servicios sobre productos de inversión (.pdf). Podrás firmar este acuerdo en tu oficina o a través de banca electrónica.

Asimismo, y en línea con el compromiso de la entidad con la sostenibilidad, ponemos a su disposición un documento informativo sobre conceptos básicos relacionados con este ámbito, así como sobre la consideración de las preferencias de sostenibilidad de los clientes en el test de idoneidad que serán tenidas en cuenta cuando le prestemos el servicio de asesoramiento en materia de inversión y/o gestión de carteras. Para que usted pueda responder correctamente a las preguntas que le formulemos es importante que lea detenidamente las explicaciones que se incluyen en el mismo y, en caso de duda, consulte a su asesor, gestor o agente.

Solicitud de cambio de clasificación de clientes

La normativa MiFID establece el derecho que te asiste, si lo deseas, a solicitar el cambio de clasificación, asumiendo las posibles implicaciones y limitaciones que acompañan a la clasificación solicitada en relación con el nivel de protección otorgado por ABANCA.

Los posibles cambios de clasificación admitidos por ABANCA son:

  • Clientes minoristas: podrán solicitar ser tratados como clientes profesionales, previa declaración por los mismos del cumplimiento de dos de los tres requisitos necesarios para que ABANCA admita el cambio de clasificación y aportación, en su caso, de la documentación acreditativa de ese cumplimiento. Asimismo, la evaluación de la conveniencia realizada al cliente deberá concluir que el cliente tiene conocimientos y experiencia para comprender los riesgos de la contratación de cualquier tipo de instrumento financiero evaluado.
  • Clientes profesionales: podrían solicitar ser tratados como clientes minoristas.
  • Contrapartes elegibles: podrían solicitar ser tratados como clientes profesionales o minoristas.

En relación con los derechos que la normativa otorga al inversor, te presentamos las distintas políticas adoptadas por ABANCA.

De acuerdo con la normativa MIFID II, las empresas de inversión deben permitir que el público y los inversores evalúen la calidad de sus prácticas de ejecución e identifiquen los cinco principales centros de ejecución e intermediarios en términos de volumen de negociación en los que ejecutaron órdenes de clientes durante el año anterior. Con este fin, ABANCA publica los correspondientes Informes de los principales centros de ejecución e intermediarios y la calidad de la ejecución obtenida.

Más información

Para cualquier consulta que desees hacer en relación con algún aspecto de la normativa MiFID puedes utilizar los siguientes métodos de comunicación: